El derecho al medio ambiente sano y la lucha de la comunidad Maya de Sitilpech

 

Este es un resumen, que se basa en el análisis de la legislación nacional, la jurisprudencia de la SCJN, los estándares internacionales de derechos humanos, las sentencias de la Corte IDH y la información proporcionada en el artículo original, aqui –> link

El caso de la comunidad Maya de Sitilpech en Yucatán, México, ejemplifica la vulneración de los derechos humanos fundamentales, especialmente el derecho al medio ambiente sano, en el contexto del desarrollo económico. El presente análisis jurídico explora las violaciones a los derechos de la comunidad, centrándose en las implicaciones legales de la megagranja porcícola Kekén y las acciones de protesta contra ella.

1. El derecho a la libre determinación y la falta de consulta previa:

La Constitución Mexicana reconoce el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y autonomía para conservar sus tierras. En este caso, la construcción de la megagranja Kekén sin consultar previamente a la comunidad de Sitilpech constituye una violación a este derecho fundamental. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y los estándares internacionales, como el Convenio 169 de la OIT, establecen la obligación de realizar consultas previas, libres e informadas a los pueblos indígenas antes de cualquier proyecto que afecte sus territorios.

2. El derecho al medio ambiente sano y la contaminación de los mantos acuíferos:

La contaminación de los mantos acuíferos por los desechos de la granja porcícola afecta directamente el derecho al medio ambiente sano de la comunidad de Sitilpech. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha reconocido este derecho como un derecho humano esencial, relacionado con el derecho a la vida digna. La falta de medidas efectivas para prevenir la contaminación y proteger el medio ambiente de la comunidad representa una violación a este derecho.

3. El derecho a la protesta y la violencia contra manifestantes:

La comunidad de Sitilpech ha ejercido su derecho a manifestarse pacíficamente en contra de la megagranja, un derecho reconocido por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH). Sin embargo, las autoridades han utilizado la fuerza pública de manera desproporcionada y violenta, violando el derecho de reunión, la libertad de expresión y la integridad personal de los manifestantes. El uso de la fuerza pública debe ser un recurso último, limitado y proporcional, y debe cumplir con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, lo cual no se ha cumplido en este caso.

La situación en Sitilpech evidencia la vulneración sistemática de los derechos humanos de la comunidad Maya. La falta de consulta previa, la contaminación del medio ambiente y la violencia contra los manifestantes son violaciones graves a los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Mexicana y el derecho internacional. Es crucial que las autoridades tomen medidas para garantizar el cumplimiento de los derechos de la comunidad de Sitilpech, incluyendo la suspensión de las actividades de la megagranja, la reparación de los daños causados y la realización de una consulta previa, libre e informada.